08 octubre 2015

Principales novedades legislativas introducidas por la Ley 42/2015


Ayer, 7 de octubre de 2015 entró en vigor la Ley 42/2015, de 5 de octubre que reforma nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil y, por ello, creemos conveniente el traeros los principales cambios que esta Ley ha introducido.

La novedad más significativa es la regulación de los sistemas telemáticos que todos los profesionales de la justicia deberán emplear a partir del 1 de enero de 2016. La intención del legislador de modernizar la justicia y adaptarla a los nuevos medios tecnológicos, pasa porque todos los escritos se presenten por esta vía, la posibilidad de localización a través del correo electrónico -veremos si podemos llegar a la notificación a través de éste medio- así como se ha introducido en el artículo 648 la subasta electrónica.

La figura del procurador, lejos de desaparecer, se refuerza; dotándoles de capacidad de certificación en los actos de comunicación que practiquen, desatascando así a los agentes judiciales.

Por otro lado, la principal modificación nos la encontramos en el ámbito del juicio verbal. La contestación a la demanda ya no tendrá lugar en el acto de la vista sino que se dan 10 días a la parte contraria para que conteste por escrito. La celebración de vista es accesoria y únicamente tendrá lugar si alguna de las partes lo solicita. Por otro lado, en caso de celebrarse ésta, se introduce la facultad de que el juez de paso a los abogados para el trámite de conclusiones, no previsto en la anterior regulación.

Dentro del juicio ordinario, la única novedad destacable es la obligatoriedad de presentar, en la audiencia previa, la instructa de prueba de forma escrita, cuya omisión es de carácter subsanable, dando el Tribunal plazo de dos días para aportarla.

Por lo que respecta al terreno de la ejecución, cuando se trate de títulos de ejecución no judiciales, el Tribunal examinará de oficio si alguna de las cláusulas contenidas en él puede ser calificada como abusiva. Cuando se aprecie que alguna cláusula pueda considerarse como tal, se dará audiencia por 15 días a las partes, resolviendo en el plazo de 5 días hábiles.

Este control de las cláusulas abusivas también se ha introducido en procedimiento monitorio. El secretario judicial, previamente a efectuar el requerimiento de pago, dará cuenta al juez para que pueda apreciar el posible carácter abusivo. De estimar éste, podrá dar lugar a la procedencia de la pretensión o a la continuación del procedimiento sin aplicación de las consideradas abusivas.

Otra novedad importante dentro del ámbito del procedimiento monitorio es la que introduce el artículo 816 LEC, que prevé expresamente que pasados los 20 días sin que el demandado contestara o se opusiera, se podrá solicitar la ejecución sin necesidad que transcurra el plazo de 20 días previsto en el artículo 548 LEC.

Asimismo, pero fuera ya de la LEC, se regula el archivo de los apoderamientos apud acta, que entrará en funcionamiento a partir del 1 de enero de 2017. Estos apoderamientos ya no sólo serán para un procedimiento concreto sino que también podrán otorgarse para cualquier actuación judicial o en determinadas clases de procedimientos. Tendrán una validez de 5 años, prorrogables por periodos máximos de 5 años.

Por último, se ha modificado el régimen de prescripción de las acciones personales que se regula en el artículo 1.964 CC, pasando a prescribir a los 5 años. Sin embargo, la acción hipotecaria sigue prescribiendo a los 20 años.

Si tienes cualquier duda, o podemos ayudarte, llámanos.


Meritxell Fernández
Abogada del área procesal
IURISTAX


C/ Josep Bertrand, 5 entlo. 2º
08021 Barcelona

Teléfono: (+34) 93.414.11.12

01 octubre 2015

BASES DEL SORTEO 9º ANIVERSARIO IURISTAX


1- ENTIDAD ORGANIZADORA

La entidad mercantil IURISTAX ABOGADOS IURISPRUDENS, S.L.P.,  con domicilio en Barcelona, calle Josep Bertrand 5, entresuelo 2 y provista de N.I.F. B-64320369, (en adelante IURISTAX), desarrollará un sorteo gratuito con la finalidad de celebrar su 9º aniversario.


2- ÁMBITO TERRITORIAL, TEMPORAL, PARTICIPANTES

La presente promoción estará vigente desde el día 1 hasta el próximo 30 de octubre de 2015.
El sorteo y estas bases se darán a conocer el mismo día de inicio en la cuenta de Twitter @iuristax9.
Se considerarán participantes en el sorteo todos los usuarios de Twitter mayores de 18 años que sean la persona física administradora de una cuenta de Twitter, se hagan seguidores de la cuenta de Twitter @iuristax9 y feliciten a IURISTAX por su 9º aniversario en un tweet, mencionando la cuenta @iuristax9.

El derecho de participación en el presente sorteo es totalmente gratuito.


3- OBJETO

El objetivo es celebrar el 9º aniversario de IURISTAX, y compartir con los clientes, colaboradores y amigos ésta celebración.


4- PREMIOS Y CONDICIONES

El premio de la presente promoción consiste en una estancia gratis para 2 personas, de un fin de semana (noche de viernes y de sábado) en las fechas elegidas por el ganador y en función de la disponibilidad del hotel, en régimen de alojamiento, desayuno y cena en LE CHÂTEAU BRANGOLY http://www.andilanahotels.com/fr/hotels/le-chateau

Condiciones del premio:

- El premio en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración, compensación en metálico o cesión a petición del ganador/es.

- Quedan excluidos expresamente del premio los gastos de transporte hasta el hotel, que correrán a cargo del premiado.

- Queda terminantemente prohibida la participación de una misma persona a través de diferentes cuentas de Twitter.

- Queda prohibida la comercialización y/o venta del premio o del derecho a su obtención.

- El derecho a la obtención del premio es intransferible.

- En el supuesto de que el ganador renunciase al premio, tal renuncia no dará derecho a indemnización alguna y el primer reserva será nombrado ganador.

- En el supuesto de que algún participante lo haga a través de una de Twitter colectiva, si ésta resultase premiada se considerará ganador a aquella persona física que figure y se acredite como administrador de la cuenta.


5- MECÁNICA Y ASIGNACIÓN DE PREMIOS

Se considerarán participantes todos los usuarios personas físicas, mayores de 18 años y residentes legales en territorio español, que el 30/10/2015 sean seguidores de la cuenta de Twitter @iuristax9 y hayan felicitado a IURISTAX por su 9º aniversario en un tweet, citando dicha cuenta.

Para participar se debe ser usuario de Twitter y cumplir los requisitos anteriormente indicados. Por el hecho de participar se están aceptando las bases legales.

Cada usuario podrá participar solo una vez.

Se procederá a la numeración de todos los participantes de acuerdo con el orden en que figure el listado de seguidores de la cuenta de @iuristax9 el día 30/10/2015 a las 12h.

A través de un programa informático (random.org) se extraerá aleatoriamente un número premiado. Este ejercicio se realizará para cubrir hasta 3 sustitutos en el caso de que el ganador no conteste a la comunicación.


6- COMUNICACIÓN DE GANADORES Y ENTREGA DE PREMIOS

El ganador del premio se publicará a partir de las 12:00 h. de la mañana del día siguiente hábil al día del cierre de la participación, es decir el día 2 de noviembre de 2015.

La publicación del ganador se hará en el blog y las cuentas de Twitter de IURISTAX.

El participante deberá enviar un correo electrónico a abogados@iuristax.com debiendo acreditar que es la persona física administradora de la cuenta de Twitter ganadora en el plazo de 3 días naturales desde la fecha de la notificación de su condición de ganador.

La entrega del premio se realizará en un período máximo de una semana a partir de que el ganador haya acreditado su condición e informe de sus datos personales, copia de su DNI y su dirección de envío.


7- RECLAMACIÓN

El período de reclamación de los premios finalizará 3 días después de la fecha de publicación del ganador de la presente promoción.


8- UTILIZACIÓN DE IMAGEN DE LOS GANADORES Y DEL MATERIAL A TRAVÉS DEL QUE SE PARTICIPA

El ganador del sorteo, autoriza a IURISTAX a utilizar su nombre y/o imagen de perfil de Twitter, en las redes sociales, sin derecho a contraprestación económica alguna, con los límites temporales y geográficos establecidos en la legislación vigente, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno. IURISTAX podrá, en su caso, exigir dicho consentimiento expreso por escrito.


9- FRAUDE

En el caso de que IURISTAX detecte cualquier anomalía o sospeche que un participante está impidiendo el normal desarrollo en su participación en el sorteo, alterando ilegalmente su registro o su participación mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, podrá de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.


10- LIMITACIÓN DE PARTICIPACIÓN

No podrán participar en el sorteo personas jurídicas, ni menores de 18 años. Se deja expresa constancia que, considerando los motivos que han llevado a organizar este sorteo, podrán participar empleados de IURISTAX, así como colaboradores y proveedores.


11- ADMINISTRACIÓN DE LA PROMOCIÓN A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA TWITTER

La plataforma Twitter no patrocina, avala ni administra de modo alguno la presente promoción de IURISTAX, ni está asociada a la misma, por lo que el participante no tendrá ningún tipo de vinculación con la citada plataforma.


12- EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR MAL FUNCIONAMIENTO DE LA RED

IURISTAX queda exonerada de toda responsabilidad en caso de mal funcionamiento de la red Internet, o incorrecta transmisión de contenidos, que impida el normal desarrollo de la presente promoción por causas ajenas a la empresa y especialmente por actos externos de mala fe.


13- TRATAMIENTO DE DATOS

De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la información y de Comercio Electrónico, el participante autoriza que los datos de carácter personal que voluntariamente proporciona en el contexto de esta promoción sean utilizados por IURISTAX exclusivamente para gestionar su participación en la presente promoción, incluyendo, si fuese necesario, el envío de la información necesaria para el desarrollo de la misma a través de cualquier medio (incluidos los electrónicos: correo electrónico, SMS, etc.), así como otros tratamientos que sean necesarios para para su desarrollo, como puede ser la publicación del nombre del participante de la promoción en medios de comunicación social y en los espacios que IURISTAX tiene en redes sociales de Internet.

El interesado podrá en cualquier momento ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición comunicándolo por escrito al domicilio social de IURISTAX ABOGADOS IURISPRUDENS, S.L.P.,  con domicilio en 08021 Barcelona, calle Josep Bertrand 5, entresuelo 2 y adjuntando a su solicitud, copia de su DNI u otro documento de identidad idóneo, cmo NIE o pasaporte, indicando "PROTECCIÓN DE DATOS" y la acción de marketing en la que ha participado como referencia; o a través de correo electrónico a la dirección abogados@iuristax.com.

El participante declara y garantiza que todos los datos de carácter personal que facilite a IURISTAX son veraces y se corresponden a su identidad. Asimismo, el participante se compromete a no incluir ningún dato de carácter personal de tercero alguno en el texto que remita IURISTAX con motivo de la participación en la presente promoción.


14- FISCALIDAD

Al premio de la presente promoción, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de la Regulación del Juego; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil IURISTAX la realización del ingreso a cuenta o si fuese procedente la práctica de la retención correspondiente.

De conformidad con la citada normativa se informa a los participantes en la presente promoción que los premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300€.


15- RESPONSABILIDAD

IURISTAX no se responsabilizará de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros o a Internet que puedan afectar al desarrollo del sorteo, así como a cualquier tipo de reclamación por la autoría sin consentimiento por parte de su titular respecto a su participación en la presente promoción.

IURISTAX se reserva el derecho de emprender acciones judiciales contra aquellas personas que realicen cualquier tipo de acto susceptible de ser considerado manipulación falsificación de la promoción.

El ganador exime a IURISTAX de cualquier responsabilidad derivada de cualquier perjuicio que pudiera sufrir durante el disfrute del premio objeto de la presente promoción.


16- RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Para toda controversia que pudiera surgir en la interpretación y aplicación de las presentes bases, tanto IURISTAX como los participantes de esta promoción se someten expresamente a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales del domicilio del particpante, de conformidad con lo establecido en la legislación de consumidores y usuarios.


17- ACEPTACIÓN DE BASES

El simple hecho de participar en la promoción implica la total aceptación de las presentes bases que podrán consultarse en el presente blog de IURISTAX y sus cuentas de Twitter.


18- INFORMACIÓN

Las Bases de la presente promoción se encuentras publicadas y están a disposición de cualquier persona que desee consultarlas en la presente página.

07 septiembre 2015

Vuelve el evento de referencia en el sector de la abogacía. II Edición Legal Management Forum 2015, el 20 de octubre, en el Auditorio Mutua Madrileña de Madrid. Organizado un año más por Wolters Kluwer e Inkietos, asociación de la que nuestro socio, Fernando Mier es miembro. 
Inscríbete aquí

28 mayo 2015

Hostels y hostales se ponen en valor para competir con el P2P

Artículo en Hosteltur del evento realizado el pasado 21 de mayo, la VI Edición de #eHotelExperts en Hotel Curious. Donde contaron su experiencia Àngels Oliva, propietaria del Hostal Goya; Mónica Vallejo, directora del Hostal Grau; Javier Velat, CEO de The Hostel Box, y Fernando Mier socio de IURISTAX.

19 mayo 2015

Modelos disruptivos en el sector hotelero: airbnb

La economía colaborativa es también un modelo disruptivo desde el punto de vista de su estructura legal.

Las plataformas P2P han sabido aprovechar las lagunas legales para desarrollar modelos de negocio cuyas cifras multimillonarias desvirtúan el carácter asociativo, alternativo y marginal al concepto de consumo colaborativo.

En el sector hotelero, las cifras de AIRBNB son espectaculares: 10.000.000 de usuarios, 90.000 habitaciones, presencia en 34.000 ciudades, 192 países, 240.000.000$ de ingresos y un crecimiento del 511% en alojamientos durante el 2014.

Esto y otros aspectos legales relacionados con el sector hotelero lo debatiremos el jueves 21, a partir de las 19h. en la VI edición #eHotelExperts "El renacer de los hostales y pensiones + Asesoría turística", que se celebra en el Hotel Curious en calle de Carme nº 25.

El #eHotelExperts es un evento que nace en 2011 con el objetivo de ser una oportunidad de Networking de profesionales del sector turístico, del marketing, el social media y la comunicación. Tras el éxito de las cinco primeras ediciones, el Hotel Curious vuelve a organizar este evento con el objetivo de compartir experiencias y conocimientos entre compañeros del sector.

Nuestro socio Fernando Mier, experto en sector hotelero hablará de varios temas relacionados con:

Cómo llevar de forma exitosa una reforma de un hostal/hotel.
Todo lo que hay que tener en cuenta para no ser sancionado.
Incongruencias de la ley.
Hablaremos del modelo AirBnB. ¿Competencia de los hostales?

16 abril 2015

VI #eHotelExperts "El renacer de los hostales y pensiones + Asesoría Turística"

El 21 de mayo en el Hotel Curious de Barcelona se celebra la VI edición de #eHotelExperts. Evento que reúne a profesionales de sector turístico, del marketing, el social media y la comunicación. Este año contará con la participación de nuestro socio Fernando Mier, como experto en el sector hotelero.

23 marzo 2015

Legal Management Forum 2015

El 20 de octubre en la Mutua Madrileña Legal Management Forum 2015. Pre-regístrate ya aquí.